Certificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales

Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

* ¿Qué se puede solicitar?

Nombre del trámite

Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Objeto del trámite

Obtener un certificado por el que se acredita estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública Valenciana, a los efectos de concurrir a la adjudicación de contratos de las Administraciones Públicas o de obtener subvenciones.

* ¿Quién puede iniciarlo?

Interesados/Solicitantes

Cualquier persona física o jurídica que desee concurrir a contratos o que solicite subvenciones.

* ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

Tasas 2010
– Tasa por Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias. 046-9771.
A) CUANTIA Y OBTENCIÓN DEL MODELO

Cuantía por prestación del servicio: 8,27 euros.

– Compulsa relativa a los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda Valenciana: 2,77 euros.

Todo ello según Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat.
Procedimiento:
1.- Cumplimentar el modelo 046-9771
2.- Pagar la tasa en las Entidades Colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática o presencial
3.-Presentar el modelo de tasa pagada en los registros administrativos procedentes.
-Si usted obtiene el modelo 046-9771 en las Direcciones Territoriales de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo deberá abonar una tasa de 0,13 euros.
– Si usted obtiene el modelo 046-9771 a través del Sistema Sar@, Tributos en Internet, no deberá abonar ningún importe.
Las ventajas de la obtención del modelo de tasa 046-9771 a través del Sistema Sar@ son:
– La obtención del formulario sin pagar ninguna tasa por ello.
– La cumplimentación de su formulario a través de su ordenador.
El sistema Sara está diseñado para evitarle desplazamientos en sus gestiones ante la Administración.
Modelo 046-9771: Pasos para la correcta obtención desde el Sistema Sar@
Paso 1: Obtención del modelo válido para presentar en los registros administrativos.
Rellene el formulario correspondiente con los datos que se le solicita. Y pulse el botón «Generar Impreso».
Paso 2: Compruebe que el primer modelo PDF es correcto y pulse el botón «Aceptar».
Paso 3: Una pantalla le mostrará los datos identificativos del modelo. Pulse, de nuevo, el botón «Aceptar».
Paso 4: Pulse el botón «Imprimir para obtener las copias necesarias».
Paso 5: Compruebe que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado «Número de Liquidación» un código de barras y una numeración.
Sólo con esa información las Entidades Colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los ejemplares para efectuar el pago.

B) PAGO DE LA TASA
DE FORMA TELEMÁTICA
1.- A través del Pago Telemático Genérico.
– Para aquellas personas que cuenten con DNI electrónico o personas físicas o jurídicas con certificado electrónico emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, y habiendo generado previamente la tasa por Internet a través del Sistema Sar@ o con el impreso cumplimentado obtenido de las Direcciones Territoriales, podrán realizar el pago telemáticamente. Ver enlace en información complementaria: «Pago Telemático Genérico»

2.- A través de la banca electrónica, banca telefónica, adeudo on-line, de las entidades financieras colaboradoras:
Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
Ver enlace en información complementaria: «Entidades colaboradoras y formas de pago»

DE FORMA PRESENCIAL
A través de Oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras:
Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
Cuándo solicitarlo?

Plazo de presentación

En el momento en que vayan a resultar adjudicatarios en los procedimientos de licitacion de contratos publicos o de solicitar ayudas o subvenciones.

¿Dónde dirigirse?

A la Administración más cercana de la AGencia Tributaria (AEAT) o realizarlo por internet.

Enlace | Solicitud de certificado de estar al corriente de obligaciones fiscales.


Si buscas la autoridad en temas de IRPF, has llegado al lugar indicado. ¿Alguna pregunta? Estamos aquí para asistirte en la preparación de tu declaración."

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *