Casilla 11 : Grado de Discapacidad

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ofrece orientación sobre la Casilla 11, relacionada con el Grado de Discapacidad, para facilitar la correcta cumplimentación de la Declaración de la Renta 2012.

Casilla 11: Grado de Discapacidad

Esta casilla debe completarse considerando la situación del contribuyente el último día del año fiscal, generalmente el 31 de diciembre. Si el contribuyente principal posee un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, debe indicarse mediante una de las siguientes claves, según corresponda:

  • Clave 1: Para discapacidades reconocidas iguales o superiores al 33% pero inferiores al 65%.
  • Clave 2: Para discapacidades iguales o superiores al 33% e inferiores al 65%, y cuando además se tiene reconocida la necesidad de asistencia de terceros o movilidad reducida.
  • Clave 3: Para discapacidades iguales o superiores al 65%.

Es imprescindible que el grado de discapacidad, así como la necesidad de asistencia de terceros o la movilidad reducida, estén debidamente acreditados. Esto se verifica mediante un certificado o resolución emitidos por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Además, se consideran dentro de la categoría de discapacidad de al menos el 33% (clave 1) a aquellos pensionistas de la Seguridad Social que reciben una pensión por incapacidad permanente total, incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, así como a los pensionistas de Clases Pasivas con una pensión por jubilación o retiro debido a incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

A estos efectos, se considerarán afectados de una discapacidad en grado de, al menos, el 33 por 100 (clave 1), los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, así como los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Enlace | Casilla 11 : Grado de Discapacidad


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