Casilla 100-Devengo

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica  las Casilla 100-Devengo , a fin y efecto de mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2012.

 Casilla 100-Devengo

Se cumplimentará únicamente cuando se trate de la declaración, necesariamente en régimen de tributación individual, de un
contribuyente fallecido en el ejercicio 2012 en un día distinto del 31 de diciembre.
En tal caso, en la casilla 100 se consignarán el día y el mes del año 2012 en que se produjo el fallecimiento del contribuyente, fecha en la cual se entenderá finalizado el período impositivo y se devengará el Impuesto.

Enlace | Casilla 100-Devengo


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