Casilla 070. Ingresos íntegros computables.

La Agencia Tributaria Española (AEAT), nos explica la Casilla 070.Ingresos íntegros computables, a fin y efecto de mejorar nuestra Declaración de la Renta 2012.

Casilla 070. Ingresos íntegros computables.

Consigne en esta casilla el importe total de los rendimientos íntegros obtenidos por el arrendamiento o cesión del inmueble a terceros, o por la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre el mismo.
A estos efectos, se computará el importe que por todos los conceptos deba satisfacer el adquirente, cesionario, arrendatario o subarrendatario, incluido, en su caso, el correspondiente a todos aquellos bienes cedidos con el inmueble y excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido o, en su caso, el Impuesto General Indirecto Canario.

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