Candidatos a jurado, jurados y miembros de mesas electorales

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), nos  explica el concepto de las partidas económicas para Candidatos a jurado, jurados y miembros de mesas electorales dentro de los rendimientos del trabajo, a fin y efecto de clarificar y mejorar la presentación de nuestra Declaración de la Renta 2011.

Candidatos a jurado,jurados y miembros de mesas electorales :

Están exceptuadas de gravamen las cantidades percibidas en concepto de desplazamientos,
alojamiento y manutención por los candidatos a jurados y por los jurados titulares y suplentes
como consecuencia del cumplimiento de sus funciones, según lo previsto en el Real Decreto
385/1996, de 1 de marzo, por el que se establece el régimen retributivo e indemnizatorio del
desempeño de las funciones del jurado (BOE del 14). Las cuantías fijadas en el mismo han
sido actualizadas por la Resolución del Ministerio de la Presidencia de 21 de julio de 2006
(BOE del 26).
También están exceptuadas de gravamen las cantidades percibidas por los miembros de las
Mesas Electorales, de acuerdo con lo establecido en la Orden INT/3782/2007, de 13 de diciembre,de regulación de la dieta de los miembros de las Mesas Electorales (BOE del 25).

Enlace| Candidatos a jurado,jurados y miembros de mesas electorales


Somos el punto de encuentro para expertos en IRPF. ¿Consultas? Nuestro equipo te proporcionará todo el apoyo necesario para tu declaración.