Aportaciones a patrimonios protegidos que constituyen rendimientos del trabajo.

La Agencia Tributaria nos explica las  Aportaciones a patrimonios protegidos que constituyen rendimientos del trabajo para efectuar la Declaración de la Renta 2010.

Aportaciones a patrimonios protegidos que constituyen rendimientos del trabajo :

Las aportaciones realizadas al patrimonio protegido generan rendimientos del trabajo para la persona con discapacidad titular de dicho patrimonio, en los siguientes términos y condiciones:

1º)  Si los aportantes son contribuyentes del IRPF, hasta el importe de 10.000 euros anuales por cada aportante y de 24.250 euros anuales para el conjunto de todos los aportantes.

2º)  Si los aportantes son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades, las aportaciones también tienen la consideración de rendimientos del trabajo, siempre que hayan sido gasto deducible en el Impuesto sobre Sociedades, con el límite de 10.000 euros anuales. Este límite es independiente de los indicados en el número 1º anterior.

3º)  En el caso de aportaciones no dinerarias, se tomará como importe de la aportación el que resulte de lo previsto en el artículo 18 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fi scal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE del 24).

IMPORTANTE : El importe que exceda de estos límites, estará sujeto al Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

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